

Tomarse vacaciones no es un lujo: es un derecho. Sin embargo, en Colombia todavía hay trabajadores que no saben cuántos días les corresponden, cómo deben pagárselos o qué hacer si su jefe no les da el descanso. El resultado: estrés, agotamiento y, en algunos casos, perder días que ya se ganaron con esfuerzo.
En este artículo te explicamos cuántos días de vacaciones tienes por ley, cómo se calculan, cómo solicitarlas y qué hacer si no te las aprueban. Todo con base en la normativa laboral vigente y ejemplos claros para que recibas lo que te corresponde.
Tabla de Contenidos
- ¿Cuántos son los días legales de vacaciones en Colombia?
- ¿Cuánto me tienen que pagar por vacaciones en Colombia?
- ¿Cómo se calculan las vacaciones?
- Pago de vacaciones en dinero (ejemplo)
- La retención en la fuente en el pago de tus vacaciones
- ¿Cuánto tiempo debo trabajar para tener derecho a vacaciones?
- ¿Cómo solicitar las vacaciones en Colombia?
- ¿Cómo se liquidan las vacaciones?
- No me quieren dar vacaciones en mi trabajo ¿Qué hago?
- ¿Quién elige cuándo tener vacaciones: la empresa o el trabajador?
- ¿Si trabajo por horas tengo derecho a vacaciones?
- Preguntas frecuentes
- ¿Se pueden acumular los días de vacaciones?
- ¿Los días de vacaciones caducan o vencen?
- ¿Si no disfruto mis días de vacaciones, los pierdo?
- ¿Es legal trabajar estando de vacaciones?
- ¿Cómo pagan las vacaciones en una empresa?
Vacaciones legales en Colombia: Días, pago y solicitud (2025)
¿Cuántos son los días legales de vacaciones en Colombia?
Según el Código Sustantivo del Trabajo (artículo 186), todo trabajador con contrato laboral tiene derecho a 15 días hábiles consecutivos de vacaciones por cada año completo de servicios. Estos días no incluyen domingos ni festivos.
Si no has cumplido un año, pero vas a retirarte o te autorizan vacaciones anticipadas, el cálculo será proporcional al tiempo trabajado.
¿Cuánto me tienen que pagar por vacaciones en Colombia?
El pago de vacaciones corresponde al salario ordinario que recibes al momento de salir a descanso (artículo 192 CST). Esto significa que si tu salario es fijo, recibirás el mismo monto; si es variable, se promediará lo ganado en el último año de trabajo.
A continuación te enseñamos cómo calcular lo que te deben pagar legalmente por vacaciones.
¿Cómo se calculan las vacaciones?
En Colombia, el cálculo de las vacaciones no se hace “a ojo” ni con aproximaciones, sino con una fórmula clara establecida por la ley laboral. Esta se basa en el salario mensual básico y en los días efectivamente trabajados, aplicando una división particular que suele generar dudas: ¿por qué entre 720 y no entre 360?
La fórmula oficial es:
Salario mensual básico × Días trabajados ÷ 720
El divisor 720 surge porque el año laboral se calcula con 360 días (12 meses de 30 días cada uno), pero las vacaciones equivalen a 15 días de salario por cada año trabajado, es decir, medio mes. Para obtener este medio mes de salario, se duplica el divisor de 360 a 720.
En palabras simples: si dividiéramos entre 360, obtendríamos un mes de salario; pero al hacerlo entre 720, logramos el valor equivalente a 15 días de pago, que es lo que por ley corresponde como vacaciones por cada año de trabajo.
Pago de vacaciones en dinero (ejemplo)
Veamos un ejemplo práctico para entenderlo mejor. Supongamos que un empleado tiene un salario mensual de $2.600.000 COP y ha trabajado un año completo (360 días). El cálculo sería:
$2.600.000 (salario) × 360 (días trabajados) ÷ 720 = $1.300.000 COP
Esto quiere decir que por cada año trabajado, el valor de las vacaciones equivaldrá a medio mes de salario. Si el trabajador no ha completado un año, el cálculo se hace de forma proporcional a los días trabajados desde la última fecha en que disfrutó de sus vacaciones.
Es clave tener en cuenta que el salario base debe ser el último salario devengado y que, si ha habido incrementos o cambios, estos se reflejarán en el valor de las vacaciones. Por eso, siempre revisa tu liquidación para confirmar que el cálculo se hizo correctamente.
También puedes optar por usar una calculadora días de vacaciones Colombia.
La retención en la fuente en el pago de tus vacaciones
En Colombia, la retención en la fuente sobre pagos laborales está regulada por el Estatuto Tributario. Si tu salario supera el tope para aplicar retención, tus vacaciones también estarán sujetas a este descuento.
Es decir que la cantidad de dinero que te pagan por concepto de vacaciones también entra a sumar en el cálculo de la retención en la fuente y puede ser objeto para pago de impuestos y declaración de renta.
¿Cuánto tiempo debo trabajar para tener derecho a vacaciones?
Debes cumplir un año de trabajo para acceder a los 15 días hábiles completos. Si trabajas menos de un año, te corresponden de forma proporcional.
¿Cómo solicitar las vacaciones en Colombia?
Revisa tu tiempo acumulado (pregunta a talento humano o revisa tu contrato).
Propón las fechas con anticipación, de acuerdo a la política interna.
Solicítalas por escrito y guarda copia.
Asegúrate de recibir la aprobación antes de hacer planes.
¿Cómo se liquidan las vacaciones?
Siempre con base en el salario que devengues al momento de tomarlas, sumando todos los conceptos fijos y variables que correspondan según tu contrato.
No me quieren dar vacaciones en mi trabajo ¿Qué hago?
Si cumples los requisitos y tu empleador no las concede, puedes acudir al Ministerio del Trabajo para denunciar la situación. La ley establece que las vacaciones son obligatorias y no pueden negarse de forma indefinida.
¿Quién elige cuándo tener vacaciones: la empresa o el trabajador?
El empleador fija la fecha, pero debe concertar con el trabajador. No puede imponerla de forma arbitraria y debe garantizar que se tomen dentro del año siguiente a que se cause el derecho.
¿Si trabajo por horas tengo derecho a vacaciones?
Sí. La ley no excluye a los trabajadores por horas. El cálculo se hace proporcional al tiempo laborado y al salario devengado.
Sin embargo, si una persona tiene un contrato por prestación de servicios, no tiene derecho a vacaciones pagas porque legalmente no es considerada un trabajador dependiente, sino un contratista independiente.
En este tipo de contrato:
No aplica el Código Sustantivo del Trabajo, sino las cláusulas pactadas en el contrato civil o comercial.
El contratista organiza su tiempo y debe incluir en su tarifa el valor equivalente a los días que quiera tomar como descanso, ya que no hay reconocimiento de salario durante las vacaciones.
No recibe prestaciones sociales (prima, cesantías, intereses, vacaciones, dotación).
Si un contratista quiere tomarse un descanso, puede hacerlo, pero normalmente debe acordarlo con la entidad contratante para no afectar la ejecución del servicio, y esos días no son remunerados a menos que se pacte algo distinto por escrito.
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Preguntas frecuentes
¿Se pueden acumular los días de vacaciones?
Sí, pero máximo por dos periodos, y solo con acuerdo entre trabajador y empleador.
¿Los días de vacaciones caducan o vencen?
Sí. Si no se toman en el año siguiente a causarse, se puede exigir el pago, pero se pierde el descanso físico.
¿Si no disfruto mis días de vacaciones, los pierdo?
Pierdes el descanso, pero no el derecho al pago.
¿Es legal trabajar estando de vacaciones?
No. Las vacaciones son para descanso real. Trabajar anula el objetivo de la ley.
¿Cómo pagan las vacaciones en una empresa?
Con el salario base correspondiente al momento de salir, sumando factores fijos y variables.
Fuentes consultadas:
Código Sustantivo del Trabajo: https://www.suin-juriscol.gov.co/viewdocument.asp?ruta=codigo/30019323
Estatuto Tributario: https://estatuto.co/
Sentencia C-669 de 2006 Corte Constitucional: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=73233
Gerencie: https://www.gerencie.com/formula-para-liquidar-las-vacaciones.html

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